Curiosidades
Golden Globes 2025 en vivo: Dónde ver la transmisión
Lo que necesitas saber:
Todo está listo para que que sigas la transmisión de los Golden Globes 2025 en vivo.
Los Golden Globes 2025 son la primera premiación del año, aquella que nos da chance de ver cómo estará el panorama para los Oscar. Los ganadores de los Globos de Oro son decididos por la prensa internacional y otra de las diferencias con otras premiaciones es que incluyen series entre sus galardonados.
Los nominados a los Golden Globes 2025 se dieron a conocer el 9 de diciembre de 2024 y las producciones con más posibilidades de llevarse un premio son la película Emilia Pérez, con la doble nominada Selena Gómez, y la serie de Disney+ The Bear, ambas con 10 nominaciones.
¿Cuándo son los Golden Globes 2025?
La ceremonia de premiación se lleva a cabo el 5 de enero de 2025 a partir de las 19:00 horas, tiempo del centro de México.
¿Dónde ver los Golden Globes en vivo?
Para ver la transmisión de los Golden Globes 2025 en México tienes varias opciones.
Por televisión abierta
Prende la tele y sintoniza Azteca 7, suelen tener fragmentos de la alfombra roja pero la ceremonia completa puedes verla con doblaje en español incluído.
Por televisión de paga
TNT suene tener todos los detalles de esta premiación desde la alfombra roja hasta la ceremonia de premiación completa, así que te recomendamos que busques este canal entre las opciones del servicio de paga que tengas contratado.
En streaming
La transmisión de los Golden Globes 2025 en streaming está disponible en Max, es la misma que puedes ver a través de TNT pero, una de sus ventajas, es que puedes completo todo el contenido días después… por si te va algún detalle pues verlo online.
Aún tienes tiempo para ver las películas y series nominadas a los Golden Globes 2025, te decimos dónde están disponibles.
¿Quién conduce los Golden Globes 2025?
La host de los Golden Globes 2025 será Nikki Glaser quien es conocida por su trabajo en el stand-up además de que ha trabajado como actriz, podcaster y conductora de radio y televisión.
“Estoy absolutamente encantada de presentar los Globos de Oro. Es una de mis noches favoritas en la televisión y ahora tengo un asiento en primera fila (de hecho, creo que tengo que presentar desde el escenario)”, dijo.
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Curiosidades
¿Cómo y cuándo comienzan a repartirse las tarjetas?
Lo que necesitas saber:
El programa Mujeres con Bienestar comenzará a repartir tarjetas a beneficiarias en enero y febrero. Acá les decimos todo al respecto.
Por acá les contamos en noviembre de 2024 cómo hacer el registro para recibir la ayuda de Mujeres con Bienestar, y este enero de 2025 comenzarán a repartirse las tarjetas para todas aquellas que se conviertan en beneficiarias del programa.
En enero de 2025 se repartirán las primeras tarjetas de ‘Mujeres con Bienestar’
Como recordarán, en octubre del año pasado se anunció el programa ‘Mujeres con bienestar’, el cual busca mejorar la calidad de vida de las mujeres en México, especialmente la de las adultas mayores que ya no pueden salir a trabajar o no reciben pensión del IMSS o el ISSSTE.
Este apoyo económico pretende llegar a varios grupos de edad en mujeres durante 2025 y 2026, sin embargo, en esta etapa de inicio ‘Mujeres con Bienestar’ está dirigido a mujeres de 60 a 64 años de edad que recibirán 3 mil pesos bimestrales.
Así les notificarán dónde recoger su tarjeta de ‘Mujeres con bienestar’
Para quienes hicieron el registro en octubre, entonces seguramente se enteraron en la mañanera de este jueves 2 de enero que a partir de mañana, viernes 3, comenzarán a repartirse las tarjetas del bienestar a las mujeres que hayan resultado beneficiadas.
Estén bien atentas al teléfono de contacto que registraron al momento de inscribirse al programa, pues ahí les va a llegar la información del día, la hora y el lugar en el que podrán ir a recoger su tarjeta de ‘Mujeres con Bienestar’.
Para quienes se registraron en noviembre, la tarjeta llega en febrero
En caso de que no les llegue dicho mensaje en un lapso de ocho días, entonces pueden llamar a la línea del Bienestar (800-639-42-64) donde les podrán brindar ayuda. O bien, meterse a la página de la Secretaría del Bienestar para que puedan obtener dicha información al poner su CURP.
Por otro lado, si fueron de las que se registraron en el programa durante el mes de noviembre no se desesperen que su tarjeta para el apoyo económico la podrán recoger hasta el mes de febrero y el procedimiento será el mismo que ya mencionamos.
Habrá más fechas de registro para ‘Mujeres con Bienestar’ a lo largo de 2025
Ahora que si se les fue por completo y se agüitaron porque no alcanzaron a registrarse ni en octubre ni en noviembre, les traemos buenas nuevas ya que la Secretaría del Bienestar indicó que en los meses de febrero, abril, junio, agosto, octubre y diciembre se abrirán nuevos registros.
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Curiosidades
¿En qué consiste y por qué causa polémica?
Lo que necesitas saber:
Este pasado 31 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una modificación a la prisión preventiva oficiosa.
¿Se enteraron? Este pasado 31 de diciembre de 2024, mientras muchos andábamos preparando la cena de Año Nuevo, se publicó el decreto oficial de la reforma a la prisión preventiva oficiosa en México, por lo que acá les queremos explicar más o menos de qué va esta modificación y por qué ha provocado algo de revuelo.
Ya es oficial la reforma a la prisión preventiva oficiosa en México
Como les contábamos aquí arriba, fue en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que se publicó la reforma a la prisión preventiva oficiosa en México este pasado martes 31 de diciembre de 2024.
De hecho, hay que mencionar que ya hasta entró en vigor esta modificación a la Constitución Mexicana este 1 de enero de 2025.
Sí, esta iniciativa de ley propuesta por nada más y nada menos que el expresidente Andrés Manuel López Obrador, es un cambio al párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución, en materia de prisión preventiva oficiosa.
¿En qué consiste esta nueva ley sobre la prisión preventiva oficiosa?
Con la reforma al párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución, el Ministerio Público sólo podrá solicitar a un juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos y de la comunidad.
Pero también cuando el imputado esté siendo procesado o ya fuera sentenciado por la comisión de un delito doloso.
¿Cuáles son los delitos en los que se aplicará la prisión preventiva oficiosa?
Según la nueva ley, el juez solamente ordenará la prisión preventiva oficiosa en los siguientes casos:
- Casos de abuso o violencia sexual contra menores
- Delincuencia organizada
- Extorsión
- Delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados
- Homicidio doloso
- Feminicidio
- Violación
- Secuestro
- Trata de personas
- Robo de casa habitación
- Uso de programas sociales con fines electorales
- Corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones
- Robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades
- Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos
- Delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares
- Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos
- Crímenes en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea
- Crímenes graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, de la salud, del libre desarrollo de la personalidad
- Contrabando
- Cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales, en los términos fijados por la ley
“Para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial”, se lee en la reforma publicada.
¿Por qué la polémica por esta nueva ley?
Primero hay que señalar, como antes les contábamos por acá, que en nuestro país a dos tipos de prisión preventiva: la oficiosa y la justificada. La oficiosa, en este caso, se aplica en delitos que se ganan, si se puede decir así, el pase automático a la cárcel en lo que comienza un proceso penal.
Con la nueva reforma, se suman a la lista los siguientes delitos a los que se aplica la prisión preventiva oficiosa: extorsión, contrabando, comercialización de comprobantes fiscales para justificar operaciones inexistentes o falsas, fabricación, comercialización, transportación, importación de drogas sintéticas como el fentanilo y sus derivados.
La polémica viene en los cuestionamientos que trae esta nueva ley, como qué tanto las autoridades en sus tres niveles de gobierno y el sistema de justicia penal están preparados para no saltarse los derechos humanos.
Y es que, en teoría, ninguna detención puede superar las 72 horas sin que la acusada o acusado sea vinculado a proceso; en otras palabras, que se inicie un proceso de investigación en su contra. Si no hay evidencias de un delito cometido en este periodo de tiempo, la persona debería seguir su proceso en libertad.
Peeero… con esta nueva ley, el Ministerio Público podrá utilizar la prisión preventiva oficiosa para mantener a las y los acusados más tiempo en prisión, tener más tiempo para investigar, y sin el riesgo de que estas personas escapen.
A todo esto la mayor duda es: ¿Las autoridades no se mancharán y dejarán demasiado tiempo en prisión preventiva oficiosa a personas acusadas?
Y peor aún: ¿No dejarán en la cárcel a personas inocentes sin pruebas e investigaciones bien ejecutadas?
Cabe señalar, ya para terminar, que hace más de un año, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al gobierno mexicano eliminar esta prisión preventiva oficiosa, pero con esta reforma parece alejarse más esa posibilidad.
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Curiosidades
Este es el calendario para el primer pago de la Pensión para el Bienestar 2025
Lo que necesitas saber:
Acá el calendario para el pago de 2025 de la Pensión para el Bienestar para adultos mayores, madres trabajadoras y personas con discapacidad
Luego de varios días de entrarle duro a la comedera y al festejo, ahora sí este 2 de enero regresamos a la normalidad. Y sí, sabemos que una de las dudas más recurrentes en esta semana será el calendario de pago para la Pensión para el Bienestar de Adultos Mayores este 2025 (y todas las pensiones en general).
Este enero de 2025 se da el primer pago de la Pensión para el Bienestar
Y es que es a principios de cada bimestre cuando los adultos mayores, así como las madres trabajadoras y personas con discapacidad, reciben su apoyo correspondiente de las llamadas Pensiones del Bienestar, por lo que este mes de enero de 2025 se dará el primer pago del año.
Este 2 de enero la Secretaría del Bienestar dio a conocer el calendario de pagos para la Pensión del Bienestar, siendo justo este jueves el primer día donde varias personas recibirán su apoyo económico que tendrá un ligero aumento este 2025.
Acá el calendario de pagos de la Pensión del Bienestar para adultos mayores, madres trabajadoras y personas con discapacidad
En el caso de la Pensión del Bienestar para adultos mayores, el pago ahora será de 6 mil 200 pesos; un aumento de 200 pesos a diferencia del año pasado. Para las personas con discapacidad, el pago este 2025 se dice es de 3 mil 200 pesos.
A las mujeres trabajadoras el monto que se les deposita va de los mil 600 a los 3 mil 600 pesos para sus hijos. Todas las personas que cuenten con estas Pensiones del Bienestar tendrán su pago dependiendo de la primera letra de su apellido paterno y acá les dejamos el calendario de este mes de enero:
- A: jueves 2
- B: viernes 3
- C: sábado 4 y lunes 6
- D, E, F: martes 7
- G: miércoles 8 y jueves 9
- H, I, J, K: viernes 10
- L: sábado 11
- M: lunes 13 y martes 14
- N, Ñ, O: miércoles 15
- P, Q: jueves 16
- R: viernes 17 y sábado 18
- S: lunes 20
- T, U, V: martes 21
- W, X, Y, Z: miércoles 22
Los pagos de las pensiones se darán del 2 al 22 de enero de 2025
Si bien los pagos de la Pensión para el Bienestar comenzarán desde el 2 de enero hasta el día 22, les recordamos que no necesariamente deben de cobrar el dinero en esa fecha, sino que más bien lo tendrán disponible a partir del día que marca el calendario que acaban de ver.
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