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Revocan condena por violación a Dani Alves; Tribunal Superior de Cataluña lo absuelve

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) absolvió este viernes al futbolista Dani Alves al revocar su condena de cuatro años y medio de cárcel por la violación de una joven en Barcelona (noreste de España), por considerar que no hay pruebas de la agresión y que el testimonio de la denunciante no es “fiable”.

En su sentencia, que se puede recurrir ante el Supremo, la sala civil y penal del TSJC estima por unanimidad el recurso presentado por la defensa del exjugador brasileño del Barça y lo absuelve de agresión sexual al concluir que la resolución de la Audiencia de Barcelona que lo condenó adolece de “vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones”.

Alves estuvo en prisión preventiva durante catorce meses y salió en libertad provisional en marzo del año pasado, bajo fianza de un millón de euros, tras ser condenado por violar a una joven de 23 años en el baño de un reservado de la discoteca Sutton de la capital catalana, en diciembre de 2022.

La sala basa su resolución en el visionado de las imágenes grabadas por las cámaras de la discoteca antes de los hechos denunciados, en las que el futbolista y la joven bailan y toman una copa juntos, contrastadas con las versiones de ambos.

En ese sentido, el tribunal recuerda que la propia sentencia de la Audiencia ya aludía a la “falta de fiabilidad” del testimonio de la joven respecto a lo que se aprecia en el vídeo, ya que indicaba “de forma explícita que lo que relata no se corresponde con la realidad“.

El TSJC reprocha a la Audiencia que reconociera esa incoherencia entre el relato de la joven y las imágenes del vídeo, mientras acepta el resto de su declaración -en lo que respecta a la penetración ocurrida en el interior del baño de la discoteca-, evitando contrastarla con otras pruebas, como la pericial de las huellas dactilares y la biológica de ADN.

Para el alto tribunal catalán, la Audiencia lleva a cabo un “salto argumental” al dar credibilidad a la denunciante, pese a que ha resultado “una testigo no fiable, pues otras de sus muchas afirmaciones no se han verificado”.

Presunción de inocencia

Por ese motivo, sostiene la sala que de la prueba practicada en el juicio “no se puede concluir que se hayan superado los estándares que exige la presunción de inocencia” de acuerdo con las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa, y recuerda que la doctrina constitucional exige “un canon reforzado de motivación” en las sentencias condenatorias.

Según el TSJC, la sentencia de la Audiencia “utiliza, en su análisis, el término credibilidad como sinónimo de fiabilidad, y no lo es”, sin aclarar por qué acepta para condenar a Alves una versión “no verificable con prueba periférica” pero procedente de una testigo que, a su parecer, “ha resultado no fiable en la parte del relato que se puede contrastar”.

“El tribunal de instancia ha optado por acoger una creencia subjetiva de lo que ocurrió en el interior del baño limitada únicamente al hecho de que la penetración vaginal fue inconsentida, como sostiene la denunciante”, mantiene el TSJC, que cree que la divergencia entre su versión y lo sucedido “compromete gravemente” su fiabilidad.

En ese sentido, la sala afea a la Audiencia de Barcelona que “justifique” la versión de la denunciante “con el argumento de que puede modificarse el consentimiento para mantener la relación sexual en cualquier momento y aventurando posibles razones por las cuales la denunciante ha podido faltar a la verdad para explicar los desajustes del relato, por razones de necesidad”.

Es por ello que la invocación genérica a que se puede cambiar de opinión no convierte ni muta lo infiable en fiable, porque afecta a la veracidad del relato y ello atañe a cómo se reconstruye el hecho probado.

Sentencia recurrida

En cualquier caso, el TSJC asegura compartir la opinión de la Audiencia cuando sostiene que de la actitud de la denunciante con Alves observada en la grabación no se deriva “ningún efecto” del consentimiento o falta de consentimiento posterior.

“(…) La libertad sexual individual en personas adultas, como parte integrante de su personalidad, se traduce en la libre facultad de realizar actos de naturaleza sexual, eligiendo libremente el cómo, dónde, cuándo y con quién, de forma que la libertad sexual y el inseparable consentimiento individual lo es para cada uno de los actos de esta naturaleza que se realicen”, agrega.

No sólo la defensa de Alves había recurrido la sentencia: también lo hizo la Fiscalía, que pedía elevar la condena a nueve años de cárcel, y la acusación particular ejercida por la joven, que solicitaba doce años de prisión.

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León y Pachuca acuden al TAS por exclusión del Mundial de Clubes

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El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) confirmó este viernes que ha recibido recursos individuales de los clubes mexicanos León y Pachuca para que declare que ambos cumplen los requisitos para participar en el Mundial de Clubes de este año, en contra de la decisión de la FIFA que excluyó al primero.

La Comisión de Apelación de la FIFA decidió el mes pasado que ambos incumplieron el Reglamento de la competición (Art.10.1) en relación con la multipropiedad de clubes y, debido a esta infracción, el club León, entrenado por el argentino Eduardo Berizzo y con el colombiano James Rodríguez en su plantilla, fue excluido de la misma.

El TAS explicó también que el León presentó además una apelación adicional contra la decisión del secretario general de la FIFA para que se le readmita como participante en la primera edición del Mundial, que se jugará del 14 de junio al 13 de julio próximos en Estados Unidos.

El tribunal, que recibió los recursos el pasado día 2, anunció que las partes están intercambiando los escritos en relación con sus apelaciones, que se tramitarán conforme al procedimiento acelerado acordado por las partes y la audiencia se celebrará durante la semana del 5 de mayo.

Igualmente el TAS indicó que tiene en tramitación otro procedimiento arbitral por el recurso de apelación de la Asociación Liga Deportiva Alajuelense (LDA) contra los citados clubes, en el que alega que la participación tanto del León como del Pachuca en el Mundial de Clubes de la FIFA es contraria al Reglamento y que uno de los dos, o ambos, deben ser excluidos.

El LDA solicita, además, ser admitido en la competición en su lugar. La audiencia de este caso se celebrará en Madrid de forma presencial el 23 de abril 2025.

La FIFA anunció el pasado 21 de marzo su decisión de no admitir al León en la primera edición del Mundial de Clubes, en virtud del artículo 10, apartado 4 del reglamento de este, que impide que disputen la competición equipos del mismo propietario, en este caso el Grupo Pachuca.

El León formaba parte del grupo D del Mundial, junto al Flamengo brasileño, el Chelsea inglés y Espérance Sportive de Túnez.

Foto: Instagram @tuzosoficial

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León y Pachuca acuden al TAS por exclusión del Mundial de Clubes

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El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) confirmó este viernes que ha recibido recursos individuales de los clubes mexicanos León y Pachuca para que declare que ambos cumplen los requisitos para participar en el Mundial de Clubes de este año, en contra de la decisión de la FIFA que excluyó al primero.

La Comisión de Apelación de la FIFA decidió el mes pasado que ambos incumplieron el Reglamento de la competición (Art.10.1) en relación con la multipropiedad de clubes y, debido a esta infracción, el club León, entrenado por el argentino Eduardo Berizzo y con el colombiano James Rodríguez en su plantilla, fue excluido de la misma.

El TAS explicó también que el León presentó además una apelación adicional contra la decisión del secretario general de la FIFA para que se le readmita como participante en la primera edición del Mundial, que se jugará del 14 de junio al 13 de julio próximos en Estados Unidos.

El tribunal, que recibió los recursos el pasado día 2, anunció que las partes están intercambiando los escritos en relación con sus apelaciones, que se tramitarán conforme al procedimiento acelerado acordado por las partes y la audiencia se celebrará durante la semana del 5 de mayo.

Igualmente el TAS indicó que tiene en tramitación otro procedimiento arbitral por el recurso de apelación de la Asociación Liga Deportiva Alajuelense (LDA) contra los citados clubes, en el que alega que la participación tanto del León como del Pachuca en el Mundial de Clubes de la FIFA es contraria al Reglamento y que uno de los dos, o ambos, deben ser excluidos.

El LDA solicita, además, ser admitido en la competición en su lugar. La audiencia de este caso se celebrará en Madrid de forma presencial el 23 de abril 2025.

La FIFA anunció el pasado 21 de marzo su decisión de no admitir al León en la primera edición del Mundial de Clubes, en virtud del artículo 10, apartado 4 del reglamento de este, que impide que disputen la competición equipos del mismo propietario, en este caso el Grupo Pachuca.

El León formaba parte del grupo D del Mundial, junto al Flamengo brasileño, el Chelsea inglés y Espérance Sportive de Túnez.

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Infantino aboga por la vuelta de equipos rusos: ‘hay que utilizar el futbol para unir’ | Video

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Gianni Infantino,  presidente de la FIFA, se mostró a favor de que los equipos rusos y la selección rusa vuelvan a competir a nivel internacional mediante un acuerdo de paz con Ucrania, porque hay que “utilizar el futbol para unir”.

Durante su participación en el 49º Congreso de la UEFA, Infantino señaló:

Siempre tenemos que intentar utilizar el futbol para unir a la gente, para unir a los países, especialmente en nuestro mundo, que está dividido. Espero que pronto podamos pasar a la siguiente fase y devolver a Rusia al panorama futbolístico, eso significaría que todo está resuelto. Por eso tenemos que animar, por eso tenemos que rezar, porque de eso va el futbol.

En el evento celebrado en Belgrado, Infantino recordó la Eurocopa de 1992, que se perdió a “la generación dorada del futbol en esta parte del mundo”.

A causa de la política, a la selección de Serbia se le negó el acceso a la Eurocopa. Sin duda tenían equipo para ganar, pero se les negó el acceso.

Rusia fue excluida de las competiciones de clubes y selecciones nacionales de la FIFA y la UEFA a todos los niveles desde su invasión de Ucrania en 2022. Estados Unidos está intentando negociar la paz entre ambos estados.

Además, el presidente de la UEFA, Aleksander Ceferin, que respaldó un esfuerzo para permitir a las selecciones rusas sub-17 volver a la competición en 2023, también habló de la necesidad de unidad sin referirse explícitamente al conflicto entre Ucrania y Rusia. “Nos dicen que nunca hemos estado tan divididos”, afirmó en su discurso ante el Congreso.

Todos los días oímos lo que parece un estribillo incesante: nosotros contra ellos. Cuando oímos esto día tras día, es fácil creerlo, pero permítanme decirles, amigos míos, que esta división no es más que una ilusión y una táctica terriblemente común, una estratagema deliberada y evidente de quienes buscan dividirnos, dividir y conquistar. El fútbol europeo debe seguir siendo un modelo de unidad en este mundo cada vez más dividido.



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