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Cineasta china acusa al actor Jeremy Renner de abuso; él lo niega
La cineasta china, Yi Zhou, denunció a través de su cuenta de Instagram al actor Jeremy Renner por presuntamente haberla acosado íntimamente, además de intimidarla.
De acuerdo con sus publicaciones recientes, la cineasta comenzó una campaña con la que busca cancelar al actor porque asegura haber sido víctima de comportamientos que calificó como inapropiados durante dos proyectos en los que convivieron.
Ambos mantuvieron una relación por varios meses.
Sin embargo, en uno de los post, la cineasta aseguró que en junio del presente año recibió sin autorización una serie de fotografías explícitas por parte de Jeremy Renner vía mensaje directo en Instagram y WhatsApp.
Dijo también haberse enterado por reportes de medios especializados que esta no era la primera vez en que hacía algo como esto (Renner) por lo que expresó su preocupación por otras posibles víctimas de acoso sexual.

Detalló que cuando lo confrontó por haberle enviado sin su autorización contenido explícito, el actor más conocido como “Ojo de Halcón” en el universo de “Los Vengadores”, amenazó con deportarla con los agentes de migración (ICE en inglés).
En este sentido, relató que, una noche, el actor de 54 años de edad intentó agredirla mientras se encontraba bajo los efectos del alcohol, por lo que la cineasta tuvo que encerrarse en una habitación.
Yi Zhou ha sostenido, además de sus denuncias, que su expareja ha utilizado cuentas falsas para atacarla en redes sociales junto a su equipo de trabajo y así “silenciar su voz”.
El medio internacional especializado, PEOPLE, recogió el testimonio del abogado de Renner en donde aseguró que su cliente no nunca conoció a la mujer, como pareja, y desestimó sus acusaciones afirmando que ella lo había acosado hasta lograr sostener un encuentro consensuado.
“Los hechos reales son que la Sra. Zhou ha acosado y perseguido a mi cliente de manera implacable y agresiva durante meses, sin ninguna reciprocidad por parte de mi cliente, aparte de un único encuentro breve el pasado 12 de julio de 2025”, declaró Marty Singer, su abogado a PEOPLE.
Singer aseguró que la campaña contra Jeremy Renner se trata solamente de publicidad en favor de los proyectos de Yi Zhou, el medio cita también lo redactado en una carta de cese enviada a la mujer china en la que la acusaron de haber “perseguido agresivamente” así como exigirle que borrara todas las publicaciones repletas de “mentiras falsas, fabricadas y lascivas”.
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“Lo alentó a consumir drogas ilegales”: madre de Matthew Perry lamenta haber confiado en el asistente personal del actor
EFE.- Suzanne Morrison, madre del actor Matthew Perry, fallecido en 2023, aseguró en una carta presentada ante un tribunal de California que su hijo “pagó el precio” de confiar en su exasistente personal, Kenneth Iwamasa, acusado de inyectarle ketamina antes de su muerte.
Según documentos judiciales obtenidos por la revista People, la madre del actor asegura en esta misiva que la familia confiaba en el asistente de su hijo y estaban convencidos de que Kenneth Iwamasa comprendía su lucha contra las adicciones y era consciente de que una de sus responsabilidades era ayudarle a mantenerse alejado de las drogas.
“En lugar de proteger a Matthew, facilitó y alentó el consumo ilegal de drogas”, escribió Morrison en el texto remitido al juez antes de la sentencia contra el exasistente, prevista para el próximo 27 de mayo.
“Inyectó las drogas en el cuerpo a Matthew, pese a no estar en absoluto cualificado para hacerlo —añadió—. Lo hizo aun cuando podía ver —cualquiera podía verlo—que era algo obviamente peligroso. Y lo hizo una y otra vez”.
La investigación judicial sostiene que el exasistente administró repetidamente ketamina a Matthew Perry sin formación médica, y también lo hizo el día de su fallecimiento, ocurrido el 28 de octubre de 2023 en su residencia de Los Ángeles.
El actor de 54 años de edad más conocido por interpretar a Chandler Bing en la serie ‘‘Friends”, murió debido a los “efectos agudos de la ketamina”, según determinó la autopsia.
En su declaración, Morrison también reprochó la actitud de Iwamasa tras la muerte del actor y aseguró que mantuvo contacto cercano con la familia, enviándole mensajes y acompañándola durante el funeral, pese a conocer su implicación en el caso.
“Amenazó con emprender acciones legales para obtener una compensación del seguro laboral —añadió Morrison—. Confiamos en un hombre sin conciencia, y mi hijo pagó el precio”.
La madre de Matthew Perry agradeció a los investigadores ”su incansable determinación para sacar a la luz la verdad sobre Kenny”, pero también aseguró afirmó que el “cierre es algo que no existe”.
“Pregúntenle a cualquier madre a la que le hayan arrebatado a su hijo de una manera tan despiadada —escribió—. Nada hace desaparecer este dolor, ni creo que lo haga mientras viva”.
Kenneth Iwamasa es una de las cinco personas acusadas de estar relacionadas con la muerte de Chandler Bing.
La fiscalía solicita una condena de 41 meses de prisión, además de tres años de libertad supervisada, según documentos judiciales obtenidos por la revista People.
En las últimas semanas, los otros implicados han recibido condenas por delitos relacionados con la muerte de Perry. Es el caso de Erik Fleming, sentenciado a dos años de prisión por actuar como intermediario en el suministro de la droga, y de Jasveen Sangha, condenada a 15 años de prisión por distribuir ketamina y por otros cargos.
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Dar siete veces más vitamina D en el embarazo mejora la memoria de los niños a los 10 años. El problema está en la letra pequeña
Durante el embarazo, las recomendaciones de suplementación son un terreno donde la ciencia avanza con pies de plomo, puesto que lo más importante siempre es garantizar la seguridad. Uno de estos suplementos que más se escucha es la vitamina D, conocida tradicionalmente por su papel en la absorción del calcio y la salud ósea, pero que lleva años en el punto de mira por su posible impacto en el neurodesarrollo.
Un nuevo estudio con origen danés ha puesto su objetivo sobre esta afirmación para poder sacar en claro lo que ocurre cuando una madre se suplementa con vitamina D durante el embarazo. A través de su publicación en JAMA, se relata cómo, para lograr unos buenos resultados, se analizó a casi 500 niños durante varios años hasta poder ver finalmente si tenían una mejora cognitiva durante su infancia.
En qué se basaron. Para entender este descubrimiento hay que irse al pasado hasta un ensayo clínico aleatorizado titulado como COPSAC2010, cuyos resultados iniciales vieron la luz en 2016. Este ensayo buscaba evaluar si la vitamina D prevenía el riesgo de padecer asma o sibilancias persistentes en los bebés, y para comprobarlo los investigadores dividieron a las madres en dos grupos a partir de la semana 24 de gestación:
- Un grupo recibiría la dosis estándar recomendada de vitamina D de 400 UI al día.
- El otro grupo tuvo una “megadosis” de vitamina D de 2.800 UI diarias.
El hallazgo. Aprovechando este valioso grupo de 498 niños, el equipo de investigación decidió sacarle un mayor provecho, ya que cuando estos niños llegaron a los 10 años de edad fueron sometidos a rigurosos test cognitivos para ver si el hecho de haberle dado vitamina D a la madre durante el embarazo había dejado huella en su cerebro. De esta manera, se conseguían cubrir dos objetivos con una sola investigación.
Aquí los resultados revelaron que los niños del grupo de alta suplementación mostraron una mejora modesta pero significativa de la memoria verbal y visual en comparación con los hijos de las madres que tomaron la dosis estándar de vitamina D. Aunque algo importante a destacar es que tira por tierra cualquier idea de que esta suplementación es una máquina para “crear genios”, porque no hubo diferencias en el coeficiente intelectual y solo vieron que se mejoraba la capacidad de retener información.
La letra pequeña. Ante un hallazgo así, es tentador pensar que todas las embarazadas deberían multiplicar su ingesta de vitamina D para tener a sus hijos con una ventaja sobre los demás. Pero aquí hay que poner la atención sobre diferentes problemas, como por ejemplo que el ensayo original estaba pensado para medir problemas respiratorios y no el desarrollo neurológico. Esto hace que sacar conclusiones de aquí reste robustez estadística al descubrimiento.
Pero esto no es el único problema, ya que hemos visto que el efecto es “modesto” sin que parezca que dé una gran ventaja a los niños. Y además, en el estudio se parte de mujeres que ya tenían niveles de vitamina D normales antes del estudio, por lo que no está claro cómo actuaría esta dosis en poblaciones que verdaderamente tienen algún tipo de deficiencia crónica de la vitamina.
¿Habrá cambios? De momento, con estos estudios no se justifica la necesidad de recomendar a todas las embarazadas complementar su dieta con vitamina D, como sí ocurre con otros suplementos como el ácido fólico. El valor real de esta investigación no es darnos una nueva receta inmediata, sino abrir la puerta a futuros ensayos clínicos diseñados específicamente para desentrañar cómo lo que ocurre en el vientre materno sigue moldeando nuestro cerebro una década después.
Imágenes | amylla Battani
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El gran plan de Aragón para llenar sus embalses de paneles solares acaba de naufragar por culpa de un olvido burocrático
Hay una imagen que resume nuestra época: embalses cubiertos de paneles solares flotando como nenúfares tecnológicos. Era la gran apuesta del Gobierno para exprimir las energías limpias sin consumir suelo. Sin embargo, ese paisaje acaba de chocar de frente contra el Tribunal Supremo. Según la hoja de ruta climática nacional, España tiene que alcanzar en 2030 una penetración de renovables del 42% en el consumo final de energía y del 74% en la generación eléctrica. El agua de los pantanos, libre de conflictos por el uso de la tierra agrícola o forestal, parecía el escenario ideal. Pero las prisas legislativas han truncado el plan.
El Tribunal Supremo da la razón a Aragón. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado nulo el Real Decreto 662/2024, de 9 de julio. Lo ha hecho estimando un recurso interpuesto por la Comunidad Autónoma de Aragón.
La sentencia anula de pleno derecho la normativa y condena al Estado al pago de las costas procesales. El Ejecutivo autonómico aragonés tenía plena legitimidad para recurrir, ya que, como avaló el tribunal, la ejecución de este decreto afectaba directamente a sus competencias en ordenación del territorio, medio ambiente, turismo y aprovechamientos hidroeléctricos.
Pero, ¿en qué consistía? Publicado en el Boletín Oficial del Estado, el objetivo del texto era desarrollar el régimen al que debía someterse la instalación de estas plantas en embalses de gestión estatal. El preámbulo de la norma defendía con firmeza la tecnología, asegurando que estos sistemas tienen un mejor rendimiento energético por el efecto de enfriamiento del agua, reducen la evaporación al proyectar sombra y ralentizan el crecimiento de fitoplancton en aguas con riesgo de eutrofización.
Para poner orden en este despliegue, el Gobierno articuló un estricto sistema de concesiones temporales que limitaba la explotación de las plantas a un máximo de 25 años, incluyendo las prórrogas. El texto normativo también imponía límites de espacio según el estado ecológico de las aguas. Asimismo, las condiciones exigían a los promotores una fianza provisional de 4.000 euros por megavatio (MW) instalado solo para la solicitud —que pasaba a ser de hasta 12.000 euros por MW para responder por daños al dominio público—, todo ello condicionado a la presentación de estudios ambientales, la vigilancia de especies invasoras y un programa de seguimiento continuo para evaluar la calidad del agua.
El tropiezo legal: legislar sin preguntar. El problema central no fue el contenido de la norma, sino cómo se aprobó. El Gobierno omitió el trámite de consulta pública previa a ciudadanos y colectivos afectados. Este es un trámite que la sentencia considera inexcusable, y su omisión ha sido el clavo en el ataúd del decreto.
El Estado intentó justificar este atajo legal en los tribunales con dos argumentos que el Supremo ha desmontado. En primer lugar, la Abogacía del Estado alegó que había una situación extraordinaria de interés público debido al encarecimiento de la energía por la guerra en Ucrania. El Alto Tribunal rechazó esta premisa recordando su propia doctrina: para saltarse la consulta pública no basta con que haya urgencia, la norma también debe ser de carácter puramente organizativo o presupuestario, algo que no ocurre en este caso.
En segundo lugar, el Gobierno intentó ampararse en una vía de “tramitación urgente”. La respuesta de los magistrados fue contundente: “En este caso no se puede prescindir del citado trámite porque ni existe declaración de urgencia ni el procedimiento se desarrolló sobre esa base jurídica”. No hubo acuerdo del Consejo de Ministros que avalara la prisa; por tanto, el atajo fue ilegal.
Por qué importa: forma, no fondo. Hay un matiz crucial que cambia la lectura de esta noticia. El Tribunal Supremo no ha dictaminado que poner paneles solares sobre el agua sea una mala idea o que sea perjudicial. De hecho, rechazó el resto de quejas presentadas por Aragón, resolviendo que el texto no vulneraba los principios de buena regulación ni la seguridad jurídica.
Estamos ante lo que los juristas llaman un vicio formal de procedimiento. La ley cae únicamente porque el Gobierno no escuchó a las partes implicadas antes de actuar. Resulta especialmente irónico que el propio Consejo de Estado ya hubiera advertido al Ejecutivo durante la fase de borrador de que esta materia iba a necesitar, a medio plazo, una regulación mucho más completa y sistemática.
¿Y ahora qué? El sector de las renovables, que veía en las plataformas flotantes una alternativa inmejorable para esquivar la polémica del consumo de suelo agrícola, se queda en un limbo. Toda la regulación del decreto se esfuma, incluyendo la modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 1986 que articulaba estas concesiones. Mientras tanto, en los territorios afectados la cautela ya es una realidad. La Confederación Hidrográfica del Ebro, por ejemplo, ya había vetado previamente la instalación de estas plantas flotantes en los pantanos del Cinca.
La base legal que permite estas instalaciones sigue existiendo en la Ley de Aguas. Lo que ha caído es el desarrollo reglamentario, por lo que el Gobierno puede volver a la casilla de salida y redactar un nuevo reglamento. Pero tendrá que hacerlo cumpliendo escrupulosamente los pasos que esta vez ignoró. Ha quedado demostrado que las prisas en la transición energética tienen un alto coste legal. El decreto que iba a ordenar los paneles solares sobre el agua ha naufragado. Por no haber escuchado antes.
Imagen | RawPixel
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